sábado, 11 de mayo de 2013

“CAMARERO, PÓNGAME UN PLAN DE PENSIONES”

Estimados compañeros de viaje, cuán tiempo os he hecho esperar para publicar finalmente este post sobre planes de pensiones (cuya promesa ya hace casi dos semanas en las que señales de vida eran inexistentes y muchos de vosotros habréis dudado que “El Economista Endeudado”, se habría apalancado en la red). Sólo puede pediros disculpas por la momentánea desaparición por motivos profesionales, lo cual no es excusa y de ahí reiterar su compromiso por aquello que comenzábamos hace ya tiempo, éste nuestro rinconcito, y realizar publicaciones de interés semanalmente.


“CAMARERO, ¡¡PONGAME UN PLAN DE PENSIONES!!”

Oiga usted, ¿ahora nos va a vender un plan de pensiones?, “esto… perdóneme caballero; huele a campaña de Entidad, con grandes anuncios publicitarios cuyo slogan es una vez más la confianza y compromiso, pero ¿qué es para estos tipos perfumados y bien peinados la confianza?” (Afirma cualitativamente ese padre de familia, al cual le interesa-preocupa el futuro de su  Familia”.

Puestos ya en antecedentes, emocionalmente conectados con la situación, tengo la obligación de rebatir esa objeción. Esto no va sobre una entidad, sobre un producto empaquetado que os quiera vender vuestro Banquero o Bancario (En función si pertenece a la “Banca Retail o a la Banca Privada, o cómo algunos pronuncian “La Praive”), quienes sólo buscan cumplir sus objetivos comerciales independientemente de las necesidades que se demanden.

Olvidaos de ese Banco de tamaño grande, que constantemente os dice que son los mejores, los más guapos, que se preocupan por vuestras necesidades. Esto no habla de ello, va mucho más allá. Yo os hablo del AHORRO, para vosotros las personas, y de los vehículos más óptimos para ello. Aquí os presento con mucho gusto a los planes de pensiones (NO al “Plan  Banco… ahorro mix garantizado 2022”).

Es cierto que apenas hoy en día los planes de pensiones ofrecen beneficiosas ventajas fiscales en el momento de rescate (anteriormente permitían una reducción de su Base Imponible de hasta el 40% para una determinada cuantía), pero no olvidemos la verdadera y principal función de este vehículo que es el ahorro-inversión dirigido a cubrir una serie de contingencias determinadas.

El mecanismo es realizar aportaciones dinerarias anuales (hasta un máximo) al plan, para que en un futuro pueda rescatarse y utilizarse como complementariedad a la ya mencionada reducida pensión de jubilación.
Cómo ya comentábamos, los planes están adheridos a fondos de pensiones, los cuales deberán invertir con criterios de seguridad, rentabilidad, diversificación y horizonte temporal. La normativa impone una serie de limitaciones cuantitativas y restricciones a la hora de realizar las inversiones: deberá existir permanentemente un coeficiente mínimo de liquidez, los activos financieros deben ser contratados en mercados organizados y nunca se concentrará la inversión sobre un valor nominal en más de un 5%, atendiendo a los principios básicos de diversificación por activo y zona geográfica.

Los planes de pensiones poseen un único objetivo, que es ahorrar para la jubilación. De esta forma encontramos el inconveniente de la liquidez. No se podrá disponer del ahorro salvo cumplimiento de una de las siguientes contingencias:
  •  Alcanzar la edad de jubilación
  • Incapacidad laboral total y permanente.
  • Muerte del partícipe o beneficiario.
  • Dependencia severa.
Además existen una serie de supuestos excepcionales de liquidez en los cuales puede anticiparse su rescate, como son:
  • Desempleo de larga duración
  • Enfermedad grave.
Visto que es un plan de pensiones y lo que hay dentro de este vehículo perfecto para el ahorro, por otro lado, en cambio, habrá personas que prefieran seguir invirtiendo sus pequeños ahorros en los depósitos (a priori seguros) y esperar sentados en el sofá de su casa a recibir el esperado cupón. Esta forma de inversión algo arriesgada (quien diga lo contrario miente o desconoce los riesgos implícitos que conlleva realizar la imposición a plazo fijo como son: el riesgo de la propia entidad y el riesgo país) elimina el efecto de la capitalización en el tiempo y el diferimiento del impuesto, teniendo que tributar en el mismo ejercicio.

Añadir también, que estos vehículos no tienen por qué ser sustitutivos entre sí. Es más, son complementarios (siempre atendiendo al principio de diversificación del ahorro-inversión). Pero para esto, si quieren saber más, solo puedo deciros “Hasta la próxima amigos” y que hay una cosa que ya tenemos muy clara:

¡Qué importante es el ahorro!”

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